📋 Fundamento Constitucional
Esta propuesta se basa en las atribuciones constitucionales de los diputados:
- Función Legislativa: Presentación y tramitación de proyectos de ley
- Función Fiscalizadora: Control político sobre ministerios y servicios
- Gestión Presupuestaria: Atribución exclusiva sobre Ley de Presupuestos
- Función Representativa: Defensa de intereses del distrito
Acciones Legislativas Específicas
- Modificar Ley de Monumentos para incluir patrimonio barrial
- Gestionar Fondo Nacional de Desarrollo Cultural para el distrito
- Fiscalizar al Ministerio de las Culturas en políticas territoriales
- Presentar proyecto sobre espacios culturales en desarrollos urbanos
- Promover decreto que declare patrimonio cultural sitios emblemáticos del distrito
¿Cómo ejerceré mis atribuciones constitucionales?
1. Función Legislativa (Art. 46 CPR)
Presentaré proyectos de ley y modificaciones normativas específicas para abordar esta problemática, trabajando en las comisiones correspondientes de la Cámara y coordinando con el Senado para su aprobación.
2. Función Fiscalizadora (Art. 48 CPR)
Ejerceré control político sobre los ministerios y servicios responsables, solicitando información oficial y creando comisiones investigadoras si se detectan irregularidades en la implementación de políticas públicas.
3. Gestión Presupuestaria (Art. 62 inc. 2 CPR)
Como la Ley de Presupuestos debe originarse en la Cámara de Diputados, gestionaré partidas específicas para financiar estos programas, asegurando recursos suficientes para su implementación.
4. Representación del Distrito
Mantendré diálogo permanente con la comunidad para asegurar que las leyes respondan a las necesidades reales del territorio, coordinando con municipios y organizaciones sociales.