📋 Fundamento Constitucional

Esta propuesta se basa en las atribuciones constitucionales de los diputados:

  • Función Legislativa: Presentación y tramitación de proyectos de ley
  • Función Fiscalizadora: Control político sobre ministerios y servicios
  • Gestión Presupuestaria: Atribución exclusiva sobre Ley de Presupuestos
  • Función Representativa: Defensa de intereses del distrito

Acciones Legislativas Específicas

  • Presentar proyecto de ley modificando el sistema GES para incluir salud mental
  • Gestionar partida presupuestaria específica en Ley de Presupuestos
  • Fiscalizar al Ministerio de Salud en la implementación de centros comunitarios
  • Promover modificación a la Ley N°20.584 sobre derechos de pacientes
  • Solicitar información oficial sobre déficit en atención psicológica

¿Cómo ejerceré mis atribuciones constitucionales?

1. Función Legislativa (Art. 46 CPR)

Presentaré proyectos de ley y modificaciones normativas específicas para abordar esta problemática, trabajando en las comisiones correspondientes de la Cámara y coordinando con el Senado para su aprobación.

2. Función Fiscalizadora (Art. 48 CPR)

Ejerceré control político sobre los ministerios y servicios responsables, solicitando información oficial y creando comisiones investigadoras si se detectan irregularidades en la implementación de políticas públicas.

3. Gestión Presupuestaria (Art. 62 inc. 2 CPR)

Como la Ley de Presupuestos debe originarse en la Cámara de Diputados, gestionaré partidas específicas para financiar estos programas, asegurando recursos suficientes para su implementación.

4. Representación del Distrito

Mantendré diálogo permanente con la comunidad para asegurar que las leyes respondan a las necesidades reales del territorio, coordinando con municipios y organizaciones sociales.